¿Qué sucede si mi empresa hacer un ERTE durante el Estado de Alarma en España?
¿Qué es un ERTE?
1. El trabajador no tiene que ir a trabajar
2. El empresario no tiene que abonar el salario
3. No significa que haya despedido al trabajador
4. El contrato queda en suspenso, NO se extingue
¿Me tienen que comunicar de forma personal el ERTE? SI
La empresa esta obligada a comunicarte el expediente personalmente.¿Tengo que acudir al Servicio de Empleo a tramitarlo? NO
Es la empresa la que se encarga de gestionarlo de manera directa. La prestación por desempleo se tramitará automáticamente.Durante el ERTE ¿sigo cotizando a la Seguridad Social? SI
Seguirás cotizando como lo venías haciendo antes del ERTE. El decreto ley establece que este periodo se considera como cotizado a todos los efectos.¿Cuánto dura la aplicación del ERTE por el COVID-19?
Mientras duran las circunstancias provocadas por la crisis del coronavirus.¿Tengo derecho a una indemnización? NO
No tienes derecho a ninguna indemnización, dado que tu relación laboral no ha terminado.¿Puedo cobrar el paro tras el ERTE? SI
Puedes cobrar el paro incluso en los casos donde no tengas la cotización.¿Voy a agotar el paro en este periodo? NO
El tiempo que estés percibiendo el paro por este motivo no contará a efectos de consumir los periodos máximos de prestación establecido.¿Cuánto voy a cobrar durante el ERTE?
Lo mismo que si te hubieran despedido. Durante los 6 primeros meses el 70% de la media que hayas cobrado los 6 meses anteriores al ERTE, a partir de entonces, el 50%. Descarga: Infografía ERTES durante el Estado de Alarma (.pdf, 4 MB)
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